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Periódico Luz Verde

Dirección: Luz Marina Herrera Lama - Iquitos - Loreto - Perú

TANSHI SAC PENSÓ CALLAR VOZ DE LUCILA PAUTRAT, PERO CORTE SUPREMA FUE JUSTA CON ELLA

Oct 13, 2023

*Corte Suprema de Justicia anuló sentencia y absolvió de todos los cargos a la Ing. Lucila Pautrat

 *En la querella interpuesta en su contra por la empresa Tamshi SAC.

*Corte Suprema ordenó el archivo del caso. Kené, organización sin fines de lucro, también quedó liberado del proceso.

“Declarar haber nulidad en la sentencia del veintinueve de mayo de dos mil veintitres, emitida por la octava sala penal liquidadora de la corte superior de justicia de Lima, que confirmó la sentencia de primera instancia del veintiseis de marzo de dos mil veintiuno, emitida por el cuadragésimo tercer juzgado penal de Lima.

Juzgado que condenó a Ángela Lucila Pautrat Oyarzún como autora del delito contra el honor, difamación agravada, en perjuicio de la empresa Tamshi SAC y le impuso dos años de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el término de un año, condicionada al cumplimiento de reglas de conducta, y doscientos cuarenta días multa.

HABER NULIDAD EN SENTENCIA.

“No se acredito fehacientemente el dolo en el accionar de la querellada, puesto que la información consignada en las dos notas de prensa, se basó en información que proviene de fuente de acceso público. Por lo tanto, debe ser absuelta de la imputación formulada en su contra.

Al determinarse la absolución de la querellada, en aplicación del artículo 92 del Código Penal, no corresponde emitir pronunciamiento respecto a los agravios formulados por el tercero civilmente responsable, ya que la reparación civil se determina conjuntamente con la pena. Por tanto, se deja sin efecto el pago solidario de la reparación civil” dice el PJ.

“En respuesta a las acusaciones fiscales frente a la deforestación, tala rasa, afectaciones ambientales y usurpación de predios a pequeños agricultores, la empresa TAMSHI S.A.C. ha empezado intensivas campañas de acoso y amedrentamiento contra los agricultores locales que defienden sus derechos, contra aquellos que se resisten a vender sus terrenos, así como contra los que cuestionan las irregulares acciones de esta empresa.

Corte Suprema de Justicia anuló la sentencia y absuelve de todos los cargos a la Ing. Ángela Lucila Pautrat Oyarzún, así como a la asociación sin fines de lucro Kené.

Cabe recordar que, mediante Escritura Pública del 28 de agosto del 2018, la empresa Cacao del Perú Norte SAC cambió de denominación social a Tamshi S.A.C. En tal sentido, alertamos al Ministerio del Interior y al Ministerio Público sobre estas amenazas de la empresa contra los agricultores locales, las cuales se han venido registrando regularmente durante los últimos cuatro años”.

 La nota de prensa fue publicada en la página de Facebook de la Asociación Kené y también en su página web http://www.keneamazon.net/nota-de – prensa-001-2019-kene.html.

DECISIÓN:

 Por estos fundamentos, las juezas y los jueces integrantes de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Prado Saldarriaga, Brousset Salas, Castañeda Otsu, Pacheco Huancas, Guerrero López:

ACORDARON:

Declarar HABER NULIDAD en la sentencia del veintinueve de mayo de dos mil veintitres, emitida por la Octava Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima, que confirmó la sentencia de primera instancia del veintiseis de marzo de dos mil veintiuno emitida por el Cuadragesimo Tercer Juzgado Penal de Lima, que condenó a ÁNGELA LUCILA PAUTRAT OYARZÚN como autora del delito contra el honor ─ difamación agravada, en perjuicio de la empresa TAMSHI S. A. C., y le impuso dos años de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el término de un año, condicionada al cumplimiento de reglas de conducta, y doscientos cuarenta días multa, equivalente al cincuenta por ciento de su haber diario.

REFORMÁNDOLA: SALA PENAL TRANSITORIA

RECURSO DE NULIDAD N.º 1137-2023

LIMA- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DE LA REPÚBLICA:

 Absolvieron de la imputación formulada en su contra. En consecuencia, se deja sin efecto el pago solidario de S/ 50 000,00 (cincuenta mil soles) por concepto de reparación civil con el tercero civilmente responsable ASOCIACIÓN SIN FINES DE LUCRO KENÉ – INSTITUTO DE ESTUDIOS FORESTALES Y AMBIENTALES. ORDENAR el archivo definitivo de los actuados y la anulación de los antecedentes judiciales y policiales que se hubieren generado en contra de Ángela Lucila Pautrat Oyarzun por este proceso.

 

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