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Periódico Luz Verde

Dirección: Luz Marina Herrera Lama - Iquitos - Loreto - Perú

“La titularidad de bienes adquiridos de forma ilícita se pierde a favor del Estado”

Jun 26, 2023

*Señala el Dr. Edgar Guillén Vallejo, juez del juzgado transitorio especializado en extinción de dominio de Loreto.

Quien también recordó que la extinción de dominio es imprescriptible, así como los casos de corrupción de funcionarios. Agregando que por más que pasen 10, 20 o 40 años; los casos de extinción, no prescriben.

Igualmente alertó a la población a fin que no dejen que su patrimonio inmaculado (limpio), sea maculado (ensuciado) por dinero proveniente de actividades ilícitas.

Como ha ocurrido con algunos exgobernadores y que ahora sus familiares más cercanos, funcionarios y otros; están viendo como su patrimonio se va extinguiendo.

“El congreso admitió una ley señalando que la prescripción solo se suspende por un año. Los jueces tenemos que cumplir con la ley y estamos declarando así a los casos que han prescrito. La extinción de dominio no prescribe, solo prescribe la acción penal.

La extinción de dominio es imprescriptible, así que por más que pasen 10, 30 años, como el caso Tijero que se dio en los años 80; la titularidad de bienes adquiridos de forma ilícita se pierde a favor del Estado por el hecho de haber sido ilícitos.

Edgar Guillén Vallejo, juez del juzgado transitorio especializado en extinción de dominio de Loreto.

Según la ley de extinción de dominio, indica qué si se advierte que hay patrimonios ilícitos, se debe comunicar a la fiscalía de extinción de dominio. La población que conoce de bienes adquiridos ilícitamente ya sea por lavado de activos, tráfico ilícito de drogas, corrupción de funcionarios; debe comunicar a la fiscalía competente para que inicie la indagación patrimonial. Hay un Contador que estable si el patrimonio de la persona corresponde a su perfil económico” habla Guillén.

¿Hay casos que involucran a exgobernadores, familiares, funcionarios etc.?

-No es necesario hacer una indagación exhaustiva para que la población vea una realidad. El hecho de que personas cuyo perfil económico al momento de declarar sus bienes e ingresos ante el JNE, son ingresos bajos, pero luego al asumir una gestión pública, algún negocio por ahí, de forma rara terminan con muchos ingresos, bienes, etc.

Una persona no puede de un momento a otro aparecer como dueño de un hotel de varios pisos y estrellas, cuando su perfil económico le sirve solo para comprar un motocarro, pero anda con vehículos último modelo etc. Por eso la población de Loreto, donde hay mucha pobreza, exige justicia.

La población que adquiere sus bienes de forma honrada no va a perder su bien siempre y cuando fuera adquirido de forma lícita, que se haya preocupado de no negociar con personas que están en acciones ilícitas.

Ese es un elemento que ha tomado en cuenta la Sala para confirmar la sentencia Tijero y es que es un caso emblemático. Hubo un congreso nacional de jueces de extinción de dominio y ese caso lo señalaron ahí. Se admiraron de que no se haya hablado tanto a nivel nacional.

Hay una diferencia entre bienes inmaculados y maculados. Lo inmaculado es limpio, no hay sombra sobre el patrimonio y nadie se los va a quitar. Lo maculado es sucio. Si hay duda que se ha manchado el patrimonio lícito, con el patrimonio ilícito, pues van a perder sus bienes.

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