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Periódico Luz Verde

Dirección: Luz Marina Herrera Lama - Iquitos - Loreto - Perú

Fiscalía penal pide 6 años de cárcel para alcalde de Nauta, Daniel Saboya, e inhabilitación

May 7, 2024

El pedido acusatorio ante el poder judicial fue hecho por el despacho del fiscal Jonny Nilver Neyra Rojas. Los principales denunciados son:  JOSÉ DANIEL SABOYA MAYANCHI, como autor en su calidad de alcalde de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LORETO NAUTA, y a TITULO de CÓMPLICES PRIMARIOS contra; DORIS PAREDES OROCHE en su calidad de GERENTE MUNICIPAL de la Municipalidad Provincial de Loreto Nauta, DANIEL ALFREDO OREN ALVAN ENCISO en su calidad de GERENTE DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO de la Municipalidad Provincial de Loreto Nauta, KEYTEL GIOVANNI VASQUEZ INUMA en su calidad de GERENTE DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL de la Municipalidad Provincial de Loreto Nauta, y de JAGNER CHUMBE MANIHUARI en su calidad de JEFE DE LA UNIDAD DE PARTICIPACIÓN VECINAL de la Municipalidad Provincial de Loreto Nauta.

Por la presunta comisión del delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, en la modalidad de USURPACIÓN DE FUNCIONES. EJERCER FUNCIONES CORRESPONDIENTES A CARGO DIFERENTE DEL QUE TIENE, en agravio del ESTADO – GOBIERNO REGIONAL DE LORETO – GERENCIA REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES representado por su Procurador Público del GORE Loreto. Así como abuso de autoridad.

HECHOS.

Sucede que el Gobierno Regional de Loreto a través de la GERENCIA REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DE LORETO tiene a su cargo la carretera departamental N° LO-103 (trayectoria Nauta-Iquitos), ello en mérito a la RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 1754-2009-GRL-P3 de fecha 03 de Diciembre del 2009 que aprobó el derecho de vía de carretera departamental Iquitos Nauta, denominada ruta departamental N° LO-103 (trayectoria Nauta-San Fernando-Dv El Huambe-Dv 10 de Octubre – El Dorado-Cruz del Sur-Emp.PE-5N -Iquitos) con una longitud de 94+400 km que comprende una faja de dominio de 40 metros (20 metros a cada lado del eje de la carretera), debiéndose extenderse en terrenos de topografía quebrada hasta 5 metros mas allá del borde de los cortes del pie de los terraplenes o del borde más alejado de las obras de drenaje, siendo el titular del Gobierno Regional de Loreto la única autoridad competente.

Piden 6 años de pena privativa de la libertad efectiva contra alcalde de Nauta. 

El Decreto Supremo N° 037-2019-MTC de fecha 19/12/2019 estableció el procedimiento para la autorización del uso del derecho de vía en la red nacional, la cual autoriza la ejecución de trabajos futuros en obras de ensanchamiento, mejoramiento y zonas de seguridad, y en el caso especifico de la carretera Iquitos Nauta, la entidad competente para autorizar el uso de la vía es la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones de Loreto, como la instalación de dispositivos y obras básicas de infraestructura para el funcionamiento de servicios públicos, obras de infraestructura vial, obras de infraestructura gestionadas por particulares que resulten necesarias para el desarrollo de sus actividades económicas, actividades en beneficio de la comunidad o colectividad, o que tengan impacto y/o relevancia económica y/o social. En todos estos casos, la autorización será otorgada contando con estudios técnicos específicos, concordantes con las normas técnicas aprobadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que demuestren que las instalaciones no afectarán las características físicas, estructuras y seguridad de la vía.

Con fecha 25 de Enero del 2023 Elensa Greffa Cachique representante de los vendedores informales de frutas y comida ubicados en el Km 5,600 Puente Zaragoza formuló ante el acusado José Daniel Saboya Mayanchi en su calidad de Alcalde de la Municipalidad Provincial de Loreto-Nauta un “requerimiento de materiales rústicos” consistentes en 52 planchas de calaminas de 3M, 104 listones, 5 kg clavos para calamina y 5kg de clavos de 3” pulgadas “con la finalidad de mejorar las condiciones” de dichos vendedores informales, mediante documento denominado oficio N° 001-2023-EGC, que fue ingresado a trámite documentario para su respuesta al Despacho de Alcaldía.

Los comerciantes informales estaban posesionados indebidamente dentro de la faja lateral de la carretera ( a menos de 50 cm del protector de la pista) por lo que estaban dentro del derecho de vía, debiendo canalizarse cualquier pedido ante la Gerencia de Transportes y Comunicaciones del GORE Loreto como ente competente quien conforme a la normatividad de la materia seria quien debía autorizar cualquier tipo de instalación y /o infraestructura cumpliéndose con los requisitos de Ley, y no ante la Municipalidad Provincial de Loreto Nauta que no tenia ninguna competencia funcional alguna en la faja lateral de la carretera y menos aún en relación a vendedores informales posesionados ilegalmente (ya que no contaban con licencia municipal) al costado de la carretera a la altura del Puente Zaragoza.

El acusado José Daniel Saboya Mayanchi, pese a tener pleno conocimiento que los vendedores informales de frutas y comida ubicados en el Km 5,600 Puente Zaragoza representados por Elensa Greffa Cachique venían ocupando indebidamente la faja de terreno lateral y colindante al derecho de vía que es de propiedad restringida al costado de la carretera, sin licencia de funcionamiento y/o autorización municipal, exponiéndolos al peligro de ser victimas de un accidente de tránsito en tanto se ubican a menos de cincuenta centímetros del protector circulante de la pista, donde está prohibido6 ejecutar construcciones permanentes que puedan afectar a la seguridad vial, a la visibilidad o dificulten posibles ensanches, como titular de la entidad edil ha ordenado y autorizado – sin tener facultades establecidos ni en la Ley Orgánica de Municipalidades ni en el ROF y MOF municipal referente a la competencia vial- a través de las gerencias de Desarrollo Económico Social (jefatura de Participación Vecinal), Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano así como a la Gerencia Municipal para que previo tramite administrativo ejecuten -USURPANDO LAS FUNCIONES de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones GORE LORETO- la construcción de una infraestructura con piso de concreto y parantes de madera para una posible estructura de techo del mismo material, y sin autorización alguna de la entidad competente favoreciendo indebidamente a los citados vendedores informales, quienes no tenían licencia municipal para dicha actividad causando un perjuicio evidente a la seguridad vial de la carretera generando un peligro en la integridad física de las personas que ocupaban dicha zona de expendio.

Días previos al 13 de Marzo del 2023 personal de la Municipalidad Provincial de Loreto Nauta con la autorización del acusado José Daniel Saboya Mayanchi en su calidad de Alcalde de la Municipalidad Provincial de Loreto Nauta así como con la complicidad primaria de los Gerentes de la Gerencia Municipal a cargo de la co-acusada DORIS PAREDES OROCHE, de la Gerencia de Desarrollo económico y Social a cargo del coacusado KEYTEL GIOVANNI VASQUEZ INUMA, así como al Jefe de la Unidad de participación Vecinal coacusado JAGNER CHUMBE MANIHUARI, y de la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la MPLN a cargo del coacusado DANIEL ALFREDO OREN ALVAN ENCISO, con apoyo del personal municipal han gestionado la adquisición de materiales de construcción, siendo trasladado en vehículos del municipio el material respectivo y han ejecutado labores de construcción para cuyo fin se ha utilizado a personal municipal con retribución estatal, todo ello sin conocimiento ni autorización de la unica entidad competente como es la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones del GORE Loreto arrogándose las funciones públicas de este ente competente para fines de la construcción de una infraestructura con piso de concreto y parantes (horcones) de madera para una posible estructura de techo del mismo material (casetas de venta) para el mejoramiento de los puestos de venta de vendedores informales de frutas y comida ubicados en el Km 5,600 Puente Zaragoza representados por Elensa Greffa Cachique.

El 28 de Abril del 2023 la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones emitió un pronunciamiento en su página oficial https://www.gob.pe/institucion/regionloreto-grtc/noticias/752177-pronunciamiento, señalando lo siguiente: Frente a las desatinadas declaraciones del alcalde de la Provincia de Loreto-Nauta José Daniel Saboya Mayanchi a diferentes medios de comunicación social, mostrando desconocimiento y falta de respeto por las leyes que rigen nuestro país. La autoridad municipal de Loreto Nauta actúa con total desconocimiento al pretender levantar construcciones al borde de la vía departamental km. 88 + 00/puente Zaragoza, tratando de justificar su acción ilícita comprometiendo a madres emprendedoras obviando las competencias institucionales dadas por Ley. (…) De igual manera la Resolución Ejecutiva Regional N 1754 – 2009 – GRL-P, establece el derecho de vía y dominio de faja de 20 a 25 metros por lado. A pesar de ello el Sr. Saboya Mayanchi persiste en levantar construcciones en zona restringida, haciendo malversación del presupuesto de esta municipalidad y con tal irresponsabilidad reta de manera desafiante a la institución a abstenerse a despejar el área acordé a sus funciones.

Por todo ello y la extensión del daño o peligro causado, la situación económica y medio social, las condiciones personales del agente, y la cantidad de aspectos atenuantes , el Ministerio Público solicita contra el acusado JOSÉ DANIEL SABOYA MAYANCHI a TÍTULO de AUTOR en su calidad de alcalde de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LORETO NAUTA, por la presunta comisión del delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, en las modalidad de USURPACIÓN DE FUNCIONES en la modalidad típica de EJERCER FUNCIONES CORRESPONDIENTES A CARGO DIFERENTE DEL QUE TIENE en agravio del ESTADO – GOBIERNO REGIONAL DE LORETO – GERENCIA REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES representado por su Procurador Público del GORE Loreto, y como tal se les imponga una pena de SEIS AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA E INHABILITACIÓN POR UN AÑO Y SEIS MESES DE PENA DE INHABILITACIÓN.

Siendo que para los cómplices primarios, como Doris Paredes, también solicita la fiscalía una pena de SEIS AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA E INHABILITACIÓN POR UN AÑO Y SEIS MESES DE PENA DE INHABILITACIÓN. Igual para el resto de acusados, una denuncia del fiscal penal Jonny Neyra Rojas, sin duda grave y fuerte que se convierte en la primera denuncia penal que pasa al poder judicial a fin que el Juzgado correspondiente evalúe el requerimiento hecho y continúen las etapas legales.

Fiscal Jonny Neyra Rojas, hizo pedido de cárcel para alcalde de Loreto Nauta, Daniel Saboya. 

«Las medidas restrictivas solicitadas se encuentran debidamente sustentadas y resultan ser IDÓNEAS pues permitirán asegurar los fines del proceso, evitando dilaciones que pudieran existir por la ausencia de los acusados a las etapas procesales desde la etapa intermedia hacia adelante, no existiendo otro medio menos dañoso que pueda cumplir este objetivo, tanto más si no hay grave afectación al derecho a la libertad del imputado, resultando el delito atribuido un delito gravísimo lo cual aunado a la pena, pueda permitir asegurar que de ser condenado sería merecedor a una sanción grave conforme a los parámetros de la ley penal, por lo que ésta medida restrictiva resulta proporcional para evitar razonablemente el peligro de fuga o de obstaculización de la averiguación de la verdad, en consecuencia se declare FUNDADO la medida solicitada» remarca el Ministerio Público.

El fiscal sustenta, además, los argumentos sobre la restricción de Obligación de no ausentarse del lugar en que reside sin autorización del Ministerio Público y de presentarse al Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Penal de Loreto Nauta con el fin de dar cuenta de sus actividades.

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