Sala de Apelaciones especializada en Extinción de Dominio se tumba recursos infundados de Tamshi SAC, así como esta empresa (con anterior nombre) se tumbó cientos de hectáreas de bosques y mató a miles de especies en Tamshiyacu
*Ya no hay recurso que valga y las investigaciones entre la Fiscalía de Extinción de Dominio y el despacho judicial de Extinción de Dominio a cargo del Dr. Edgar Ramón Guillén Vallejo, continuarán.
Juez Edgar Ramón Guillén Vallejo, administrando justicia sin mirar a quién. Haciendo historia en Loreto, con sus sentencias.
La SALA DE APELACIONES TRANSITORIA ESPECIALIZADA EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE LA LIBERTAD-CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LALIBERTAD-, luego de evaluar todo lo sustentado por TANSHI SAC, quien recusó al juez Guillén Vallejo, solo por haber sido reconocido por el Instituto de Defensa Legal, IDL; de conformidad con las normas jurídicas antes señaladas, esta SALA DE APELACIONES TRANSITORIA ESPECIALIZADA EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD, POR UNANIMIDAD, RESOLVIÓ:
APROBAR la resolución N° 03 del 29 de diciembre de 2023, expedida por el señor juez del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Loreto, que dispuso rechazar en su totalidad la recusación formulada por la requerida TAMSHI S.A.C. contra el magistrado en mención.
DESESTIMAR la recusación formulada por la empresa requerida TAMSHI S.A.C. contra el señor juez del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Loreto, Edgar Ramón Guillén Vallejo, mediante los escritos N° 267- 2023 y 227-2023 (ampliación de recusación).
DISPONER que el señor Juez del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Loreto continúe conociendo la tramitación del proceso de extinción de dominio, en el estadio procedimental en que se encuentra.
NOTIFICAR la presente resolución a los sujetos procesales en el modo y forma de Ley; y REMITIR los presentes actuados al Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Loreto.
Mandaron los integrantes de la Sala Zamora Barboza, Falla Salas, Rojas Cruz.
“NOVENO: En el presente caso, de la revisión de los actuados se advierte que el abogado de los requeridos sustenta su solicitud de recusación en la causal establecida en el artículo 53 numeral 1) inciso “e” del Código Procesal Penal, esto es, cuando exista otra causa, fundada en motivos graves, que afecte su imparcialidad.
Al respecto, cabe señalar que lo argumentado por la requerida como sustento de la recusación que formula no constituyen actos de parcialización, pues el hecho que haya formulado denuncia penal la activista ambiental Ángela Lucila Pautrat Oyarzún, integrante del Instituto de Defensa Legal – IDL, entidad que ha premiado y felicitado públicamente al juez en cuestión por haber obtenido el primer puesto en el “Concurso de Buenas Prácticas de Transparencia e Independencia 2020”, y que dicho juez ha profesado palabras de agradecimiento por tal premiación, en nada influye para advertir que, por ello, esté parcializado, como argumenta la parte recusante” sustenta la Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio de la Libertad.
Qué esta debacle o tragedia forestal, no vuelva a registrarse en Loreto.
Con esta contundente sentencia, se espera que TAMSHI SAC, si dice no temer a nadie; no siga buscando argumentos insulsos y deje trabajar honesta y transparentemente a los magistrados en su búsqueda de la verdad o de encontrar justicia a favor de los Bosques y de este manto verde llamado pulmón del mundo.